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viernes, 17 de mayo de 2013

SE PUBLICA EN EL DOCM LA ORDEN DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDAS

En ella se exime a las mujeres víctimas de violencia de género del cumplimiento de determinados requisitos como que la vivienda arrendada constituya residencia habitual y permanente; que tenga su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y que tengan unos ingresos mínimos.
 
En el artículo 6 de la convocatoria se establece la cuantía (máximo 200 euros mensuales) y la duración (12 meses prorrogables máximo por otros 12).
 
El reconocimiento del derecho a percibir estas ayudas comienza al mes siguiente de la solicitud (siempre que cumplan las condiciones para percibirlas).
 
En el artículo 12. 3 se establece que la concesión de las ayudas que regula esta Orden será conforme a la prelación temporal de las solicitudes efectuadas y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias que se determinen al efecto. Establece una excepción.
 
Por otra parte, en el artículo 13 se regula el Abono de la ayuda, que se abonaran al arrendatario a trimestre natural vencido, previa justificación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 14.
 

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